Acceso a la información

#MarinesTransparente

Pleno Municipal

16 - Las órdenes del día previas de los Plenos Municipales.

17 - Las actas íntegras de los Plenos Municipales.

19 - Los archivos de audio (podcast) o de los vídeos de las sesiones de los plenos municipales.

El Pleno es el órgano que encarna la voluntad municipal y está integrado por todos los Concejales.

Le corresponden, según el artículo 22 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, tanto potestades normativas (como sería la aprobación de las ordenanzas municipales y el reglamento orgánico de la corporación, la creación o supresión de municipios o la alteración del término municipal); como potestades de control sobre el resto de los órganos municipales (moción de censura al Alcalde y la cuestión de confianza planteada por el mismo); potestades organizativas (como sería la aceptación de la delegación de competencias hechas por otras administraciones); potestades de índole financiera (como la determinación de los tributos municipales), y facultades en materia procesal (como el planteamiento de conflictos de competencia a otras Administraciones, el ejercicio de acciones judiciales y administrativas y la defensa del Ayuntamiento en materias de su competencia).El Pleno puede delegar el ejercicio de sus atribuciones en el Alcalde y en la Junta de Gobierno Local, salvo algunas de ellas, como por ejemplo el control y la fiscalización a los órganos de gobierno o la aprobación inicial del planeamiento general.  Las sesiones ordinarias del pleno municipal de marines se celebran, el tercer jueves de cada dos meses (enero, marzo, mayo, julio, septiembre noviembre)

Oposición

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